Actualización al registro patronal por inicio de actividades de cultivo ante el IMSS
Homoclave IMSS-02-002 Modalidad G.
El trámite le permite al IMSS actualizar de manera periódica el estatus del registro patronal de los patrones del campo, respecto del número de hectáreas y el tipo de cultivo que vayan a sembrar, para conocer el número de trabajadores eventuales del campo que contratarán en cada ciclo de cultivo.
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¿Qué es?
El trámite le permite al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) actualizar de manera periódica el estatus del registro patronal de los patrones del campo, respecto del número de hectáreas y el tipo de cultivo que vayan a sembrar, para conocer el número de trabajadores eventuales del campo que contratarán en cada ciclo de cultivo.
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¿Quién lo puede realizar?
Patrón del campo o representante legal con actividades de cultivo, que tiene trabajadores eventuales del campo a su cargo.
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¿Dónde puedo realizar este trámite?
Presencial: En la Subdelegación que controla tu registro patronal y Oficina Auxiliar de Afiliación y Cobranza, de lunes a viernes en días hábiles del IMSS de 8:00 a 15:30 horas.
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¿Cuál es el costo de este trámite?
Trámite gratuito
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¿Qué documentos necesito y cuáles deben ser sus características?
- Alta patronal. Original y copia.
- Registro Federal de Contribuyentes (RFC). Original y copia.
- Identificación oficial vigente. Original y copia.
- Croquis de ubicación. Copia.
- Datos del solicitante o representante legal. Original y copia.
- Escrito libre. Original y copia.
- Instrumento jurídico que acredite la personalidad del representante legal. Original y copia.
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¿Qué información necesito conocer antes de realizar este trámite?
Al momento de su registro ante el IMSS, y posteriormente en cada inicio de cultivo, en términos de lo señalado en el Artículo 237-B de la Ley del Seguro Social, deberás informar sobre el periodo, superficie o unidad de producción y estimación del número de jornadas a utilizar.La modificación de cualquiera de los datos proporcionados deberá ser comunicada al Instituto, en un plazo no mayor de treinta días naturales contados a partir de la fecha en que ocurran.Asimismo, los patrones del campo tendrán la obligación de comunicar las altas, bajas y reingresos de sus trabajadores eventuales del campo, así como las modificaciones de su salario y los demás datos, en los términos del reglamento correspondiente, dentro de plazos no mayores de siete días hábiles.
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No olvides avisar el inicio de actividades de cultivo ante el IMSS.